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¿Qué debes saber antes de matricularte en un centro de enseñanza no reglada?


Actualmente son muchos los centros privados que imparten clases y cuya finalidad no es la obtención de un título con validez académica. En los últimos años hemos asistido a episodios de quiebra por parte de algunos de estos centros.

Para evitar casos como éstos, nuestro servicio de Asistencia Jurídica te da algunos consejos a tener en cuenta si estás interesado en matricularte en un curso no reglado.


  ¿Qué información debes solicitar antes de matricularte?

A la hora de escoger un centro de enseñanza no reglada, te recomendamos que no te quedes con la información del folleto publicitario, sino que previamente sepas cuáles son los contenidos del curso, el material, la duración y programación, la cualificación del profesorado o el precio total desglosado. En cualquier caso, la información contenida en el folleto comercial equivale a una oferta en firme vinculante para la empresa anunciante.

  Formas y modalidades de pago

Conviene cerciorarse de que la modalidad de pago no supone asumir una deuda por la totalidad del precio del curso. Si el curso está financiado mediante una entidad financiera es conveniente consultar, previamente, la entidad y condiciones (tipos de interés, comisiones, gastos de apertura, importe de mensualidades, números de pagos y fechas de abono). Si optas por esta forma de pago, es recomendable que el crédito quede expresamente vinculado por escrito al contrato de enseñanza. Asimismo, conviene verificar que en el contrato no se faculte al centro de enseñanza para la cesión o subrogación del crédito, ya que esta operación no debería realizarse sin consentimiento del interesado.

Para poder desistir del contrato de enseñanza, la Ley establece un período de 7 días si la contratación del curso se ha efectuado en establecimiento mercantil. En caso contrario, hay que estar a lo que establezca el contrato, de ahí la importancia de que exista un contrato y de la lectura de sus cláusulas.

  ¿Cómo puedo darme de baja de un curso que tengo financiado?

El contrato de enseñanza con un centro privado es un contrato de arrendamiento de servicios en cuyas condiciones se integran lo publicitado y los documentos informativos previos a la contratación. Puede resolverse por voluntad de cualquiera de las partes.

No obstante, el ejercicio de este derecho requiere de 'justa causa', como lo sería un incumplimiento de la otra parte. Los tribunales han estimado demandas de consumidores afectados por publicidad engañosa, en los que las prácticas no se ofrecen pese a ser esenciales, el material didáctico es defectuoso o insuficiente, etc. Si tienen lugar incumplimientos de este tipo, con incidencia negativa en la enseñanza del alumno, puede interesar ir a juicio para solicitar la devolución, total o parcial, de lo abonado mediante la cancelación del crédito vinculado.

  ¿Es vinculante la publicidad?

Las normas de protección de los derechos de los consumidores establecen que se puede exigir el contenido de la publicidad, aunque no figure expresamente en el contrato o en el comprobante recibido.

Con el Servicio de Asistencia Jurídica, totalmente gratuito si eres socio del RACC, puedes consultar tus dudas jurídicas  las 24 horas del día en el 902 106 106.